DOCUMENTACIÓN NECESARIA:
• CARÁTULA
• Devolución de credencial anteriores como rentado/a.
• Certificado de la oficina de personal donde conste:
> Categoría
> Antigüedad
> Motivo y fecha de cese.
• Resolución de A.N.S.E.S o primer recibo de cobro de jubilación y/o pensión.
Jubilado/a
La afiliación es para el solicitante y su cónyuge.
Pensionado/a
La afiliación es solamente para el solicitante, presentando acta de defunción.
• El plazo para solicitar la afiliación es de 30 días, desde el cese de servicio para jubilado/a y desde el fallecimiento del titular para pensionado/a, pasado dicho período no corresponde su afiliación.
• Valor de la cuota, es el 4,5% del haber bruto de jubilación o pensión (en caso de poseer jubilación y pensión, se calculará el porcentaje sobre ambas) + $1,50 de seguro de transplante por cada integrante de la afiliación. Cuota sujeta a reajuste.
• En caso de ser Jubilado/a Pensionado/a en Trámite el valor es de $30,00 + $1,50 de seguro de transplante por cada integrante, luego se cobrará o devolverá retroactivamente la diferencia en función del 4,5% correspondiente. Hasta que se haga efectivo el cobro de los haberes, el afiliado deberá presentar cada 6 meses, un certificado que acredite el no cobro de dicho beneficio.
Las afiliaciones aceptadas entre el 1º y el 10º, abonan cuota correspondiente al mes en curso; pasada dicha fecha abonan la cuota del mes siguiente.
Es obligación del afiliado abonar la cuota a partir del momento de alta de su afiliación. La misma deberá abonarse en DOSUBA Central.
Los atrasos superiores a sesenta (60) días ocasionarán la baja, quedando a cargo del afiliado la deuda generada por dicha falta de pago.
El Consejo de Administración queda facultado para determinar si procede o no a su reincorporación.